Justicia lituana: ¿Quién se acuerda del interés general?

Justicia lituana: ¿Quién se acuerda del interés general?

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En derecho lituano el interés general no existe. No obstante, en 1997, el Tratado de Ámsterdam introdujo esta noción en el tratado de Roma, dándole así una realidad a escala europea. Miembro de la UE desde mayo de 2004, el pequeño país báltico debería haber transpuesto y adaptado el concepto a su legislación nacional. ¡Pues no!

Este absurdo jurídico es todavía más manifiesto para el mundo asociativo puesto que la defensa de los “intereses generales” forma parte de las posibles atribuciones acordadas a las asociaciones desde la legislación de 2004 que funda el derecho de asociación. Para remediar esta carencia, los actores de la sociedad civil deciden crear una ley completamente nueva: ¡pues no faltaba más!

Lego jurídico 

En 2005, una Comisión, compuesta de presidentes de asociaciones, de parlamentarios, de representantes del mundo judicial y de delegados ministeriales, se reúne para redactar el proyecto de ley. El primer postulado se limita a enmendar las leyes preexistentes. Pero, dado las tensiones resultantes de las opiniones divergentes de los diferentes actores del debate, el comité opta en seguida por la redacción de una nueva ley.

En diciembre de 2006, el proyecto de ley es presentado. En abril, una comisión del Parlamento encargada de examinar las leyes decide sobre el texto; incluso se modifica la Constitución para permitir la introducción de la nueva legislación. Desde entonces, status quo: el texto todavía no ha sido votado. Nadie sabe siquiera si será votado ni cuándo lo será y las asociaciones se inquietan al ver que nadie se interesa verdaderamente por el asunto.

Y es que el sistema legislativo, a semejanza del judicial, es muy lento en Lituania, trabado sobre todo por un exceso de burocracia. Daiva Alechnavičienė, fiscal del Tribunal Supremo lituano, subraya, por ejemplo, que “algunos litigios que están siendo procesados desde 2003 todavía no han sido resueltos.” Añadan a eso que la instrucción no es automática en caso de infracción –el caso es dejado a la apreciación soberana de los jueces de instrucción- y que los demandantes tienen que retribuir a los expertos que testifican en su favor, el cóctel no es sólo arcaico sino también deficiente, heredado del sistema soviético.

Implicación cero 

Liudvikas Ragauskis, de 43 años, preside una asociación de defensa contra “edificios ilegales” y forma parte del comité de redacción del proyecto de ley. Dirige una lucha cotidiana, a veces perdida de antemano, contra los nuevos edificios que proliferan en Lituania tras haber obtenido un permiso de construcción en condiciones dudosas o contra los que sobrepasan los permisos construyendo por ejemplo algunas plantas suplementarias.

Liudvikas añade que le han llegado a proponer 15.000 euros a cambio de un silencio cómplice con los constructores de estos edificios “ilegales.” “Es algo corriente” lanza, aunque, según él, el principal problema de su país no es la corrupción sino “la falta de implicación de los lituanos en la vida asociativa.”

¿Legado comunista o mentalidades locales? “Los lituanos no están acostumbrados a apropiarse de los problemas que les conciernen”, agrega todavía Ragauski, “ya sea porque no ven en qué les conciernen o porque les da igual.” Antes de añadir que de los 100 miembros con que cuenta su asociación, “una de las mas importantes del país,” sólo 5 ó 6 de entre ellos están activos. Para él, el proyecto de ley sobre el interés general “sigue siendo demasiado innovador para nuestra sociedad.”

Espiral infernal

Mientras las asociaciones siguen estancadas, otros puntos negros quedan aún por mejorar. Según Ragauskis, el proyecto de ley sobre el interés general estaría por ahora “incompleto”. Primero, por un problema de fondos, la disposición no da ninguna definición sobre el interés general. Luego, por un problema de procedimiento, puesto que es posible anular el conjunto del requerimiento judicial en el caso en el que los jueces juzguen inoportuno el argumento de interés general alegado por el demandante. Sus apreciaciones son soberanas y no se basan en ningún criterio predefinido.

¿Qué interés tiene un justiciable de empezar un procedimiento si éste corre el riesgo constante de ser anulado? Auto-censura, falta de legitimidad: no muy habituados a revindicar sus derechos tras largos años de opresión comunista, manifiestamente, los lituanos no están todavía preparados para retomar posesión de sus derechos.

AUTORE Amandine Agic, TRADUCTOR María Teresa Tomás Rangil

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